Para determinar si su negocio se encuentra en el RIMPE Ecuador (Régimen Hecho más Simple para Nuevos Negociantes y Negocios Populares), el nuevo régimen que reemplaza el 2% de impuesto para las microempresas y el RISE, siga los siguientes pasos.
¿Qué es el RIMPE?
El RIMPE es un régimen fiscal simplificado para pequeños negocios y nuevos empresarios. Se implementó a través de la Ley de Apoyo Económico y Sostenibilidad.
El RIMPE incluye a pequeños negocios y nuevos empresarios, que son personas naturales cuya empresa genera ingresos anuales de hasta USD20,000 en el año anterior y pagan un impuesto sobre la renta de USD60 al año.
El régimen también se aplica a emprendedores, que son personas naturales o jurídicas con ingresos brutos anuales de hasta $300,000 en el año anterior y pagan impuestos sobre la renta según una tabla establecida.
Esta información está disponible en el Banco de Información del SRI Ecuador.
Consultar si consta en el RIMPE
Es responsabilidad de cada contribuyente comprender si cumplen o no con los requisitos para ser parte del RIMPE. Si se cumplen estos requisitos, el contribuyente automáticamente forma parte del régimen. Sin embargo, el SRI proporciona una guía de referencia para los contribuyentes sujetos al RIMPE en su banco de información tributaria.
- Listado de referencia RIMPE nuevos negociantes.
- Listado de referencia RIMPE negocios populares.
¿Cómo entender si forma parte al RIMPE (nuevo régimen de microempresas)?
Los contribuyentes pueden verificar si cumplen con los requisitos para ser parte del RIMPE consultando los listados de referencia emitidos por el SRI. Es importante tener en cuenta que si los ingresos anuales son inferiores a $20,000, deben revisar el catálogo de pequeños negocios en el banco de información del SRI.
Aquellos con ingresos anuales de hasta $300,000 deben revisar el catálogo de nuevos negociantes en el mismo banco de información.
Tabla de impuesto a la renta para RIMPE
Límite inferior (USD) | Límite superior (USD) | Impuesto a la fracción básica | Tipo marginal (%) |
– | 20.000,00 | 60,00 | 0 |
20.000,01 | 50.000,00 | 60,00 | 1 |
50.000,01 | 75.000,00 | 360,00 | 1,25 |
75.000,01 | 100.000,00 | 672,50 | 1,50 |
100.000,01 | 200.000,00 | 1.047,50 | 1,75 |
200.000,01 | 300.000,00 | 2.797,52 | 2 |
Actividades que no están sujetas al RIMPE
Las personas naturales y jurídicas no pueden ser parte del RIMPE si realizan cualquiera de las siguientes actividades:
- Transporte.
- Actividades similares a contratos de construcción y urbanización.
- Mandatos, representaciones y ocupaciones expertas.
- Actividades agrícolas y pecuarias.
- Comercialización de combustibles.
- Empleo por dependencia.
- Sectores de hidrocarburos, minería, petroquímica, industrias simples, finanzas, seguros, economía común y solidaria.
- Rentas de capital.
- Inversiones extranjeras directas y organizaciones público-privadas.
- Regímenes especiales.